La Ley 27.802 creó el Fondo de Asistencia Laboral. Te explico qué es, cuánto cuesta y por qué te conviene armarlo ahora antes que después.
En diciembre tuviste que descontar 14 millones del banco para indemnizar a un empleado. Lo pagaste de una. Te dolió.
Tres meses después te enteraste que existe algo llamado FAL que te hubiera permitido tener esa plata apartada desde hace años, sin tocarla, sin que ARCA te la fiscalice y sin que un juez pueda embargarla. Y lo más importante: trabajando para vos.
Si esto te suena, este artículo es para vos.
Qué es el FAL (en argentino básico)
El Fondo de Asistencia Laboral es una cuenta a nombre de tu empresa, administrada por una entidad supervisada por la Comisión Nacional de Valores, donde vos depositás todos los meses entre el 1% y el 2,5% de tu nómina. Esa plata queda guardada e inembargable, y la usás el día que tengas que pagar un despido, una indemnización por fallecimiento o un retiro voluntario.
Lo creó la Ley 27.802 de Modernización Laboral, publicada el 6 de marzo de 2026. El decreto reglamentario que lo puso en marcha es el 408/2026, publicado el 1 de junio.
En criollo: el Estado finalmente reconoció que las indemnizaciones son un gasto previsible y te dejó ahorrar para eso, como cualquier persona prudente haría con un seguro.
Cómo funciona en la práctica
Tres pasos:
- Te adherís a una Entidad Habilitada (administra el fondo y reporta a la CNV).
- Aportás mensualmente el porcentaje pactado en CCT entre 1% y 2,5% de tu masa salarial.
- Cuando hay un cese, retirás de esa cuenta el monto necesario y se lo pagás al trabajador. El cobro extingue cualquier reclamo judicial por la desvinculación.
Mientras la plata está en el fondo, se invierte. No queda parada. Genera un rendimiento que también es tuyo.
Por qué te conviene (aunque jures que nunca vas a despedir a nadie)
Vamos a lo que importa. Tres razones concretas:
Razón 1 · Previsibilidad financiera. Hoy un despido sin causa puede salirte entre 8 y 25 millones de un día para el otro. Con FAL, ese gasto está prefondeado y no te descalabra el cash flow.
Razón 2 · Inembargabilidad. Si tu empresa entra en una situación complicada, esos fondos no pueden ser tocados por embargos comerciales. Están blindados para la finalidad laboral.
Razón 3 · Cierre judicial. El art. 245 modificado dice expresamente que el pago de la indemnización vía FAL “constituye la única reparación procedente” y extingue cualquier reclamo judicial vinculado al despido. Esto baja drásticamente la litigiosidad.
El obstáculo del que nadie habla
El FAL no se activa solo. Necesita estar previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo que regula tu actividad, o pactado vía acuerdo con la representación sindical en tu empresa.
Eso significa una de dos cosas:
- Tu CCT ya lo prevé y vos no te enteraste todavía.
- Tu CCT no lo prevé y hay que sentarse a negociarlo con el sindicato.
El segundo escenario asusta. Pero es más simple de lo que parece, porque al sindicato también le conviene: la plata está garantizada y a salvo, no depende de la salud financiera del empleador el día del despido. En la mayoría de las mesas de negociación que vi en los últimos meses, el FAL no fue un punto de conflicto sino de acuerdo rápido.
Cuándo empezar a moverte
Hoy. Cada mes que pasa sin tu FAL armado es un mes de aportes que no estás capitalizando. Si tu empresa tiene 20 empleados y la nómina mensual son 30 millones, un aporte del 2% son 600.000 pesos por mes. En un año son 7,2 millones, más rendimiento. En cuatro años, tenés cubierto el despido más caro que podrías llegar a pagar.
Y si en ese tiempo nadie se va, la plata sigue siendo tuya y va creciendo. No es un gasto: es un activo.
La pregunta que tenés que hacerte hoy
No es “¿el FAL me conviene?”. Esa pregunta ya tiene respuesta y es sí.
Es: ¿cuánto tiempo más vas a posponer ponerlo en marcha? Porque cada mes que pasa es plata que estás dejando de capitalizar a tu favor. Y si llega el día del despido sin el fondo armado, lo vas a pagar otra vez de tu bolsillo, mirando los 7 millones que podrías haber tenido apartados.
El sistema existe. Está reglamentado. Las entidades habilitadas ya están operativas. Solo falta que alguien lo arme bien para tu empresa.
